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jueves, 14 de julio de 2011

ESTADOS FINANCIEROS VIGENTES A PARTIR DEL 2011

Los Estados Financieros son los documentos que proporcionan informes periódicos a fechas determinadas, sobre el estado o desarrollo de la administración de una compañía, es decir, la información necesaria para la toma de decisiones en una empresa.
Los Estados Financieros constituyen información estructurada de la situación financiera y de las operaciones efectuadas por una empresa; es decir ganancias, utilidades y pérdidas. Los EEFF deben estar reflejas segun la NIC 1 PRESENTACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS


Mediante Resolución Nº 011-2012-SMV/01 publicada en El Peruano hoy miércoles 2 de mayo, la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV- aprobó las Normas sobre la presentación de Estados Financieros Auditados por parte de sociedades o entidades a las que se refiere el artículo 5º de la Ley Nº 29720.

Como se recordará, el artículo 5º de la Ley Nº 29720 (25.06.2011) estableció que las sociedades o entidades distintas a las que se encuentran bajo la supervisión de Conasev,  cuyos ingresos anuales por venta de bienes o prestación de servicios o sus activos totales sean iguales o excedan a tres mil unidades impositivas tributarias (UIT),  estarán obligadas presentar a dicha entidad sus estados financieros auditados por sociedades de auditoría habilitadas por un colegio de contadores públicos en el Perú, conforme a las normas internacionales de información financiera y sujetándose a las disposiciones y plazos que determine


Por el periodo 2012 únicamente están obligados a presentar sus estados financieros auditados las entidades cuyos ingresos anuales por venta de bienes o prestación de servicios o el total de sus activos, valorizados al 31 de diciembre del 2012, sean iguales o excedan las treinta mil (30 000) UIT, así mismo están obligadas las entidades que sean subsidiarias de empresas que tengan sus valores inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores (RPMV) y cuyos ingresos por ventas o prestación de servicios o cuyos activos totales superen las tres mil (3 000) UIT al cierre del ejercicio 2012.
Las entidades antes señaladas, al elaborar sus estados financieros correspondientes al ejercicio económico 2012, podrán elegir las normas contables a emplear, optando entre las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) oficializadas en el Perú por el Consejo Normativo de Contabilidad o las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) vigentes internacionalmente que emita la International Accounting Standards Board (IASB).

Al efecto cabe precisar que, a partir del 2013 las referidas entidades únicamente podrán emplear las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) vigentes internacionalmente que emita la International Accounting Standards Board (IASB).

A partir del periodo 2013 la obligación de presentar información financiera a la SMV, tal como se señaló antes,
también comprenderá a las sociedades o entidades que tengan ingresos por ventas o prestación de servicios o el total de sus activos al cierre del ejercicio 2013 sean iguales o superiores a tres mil (3 000) UIT y que no hayan presentado su información conforme a lo señalado en el párrafo anterior.

A partir del periodo 2014, todos los estados financieros que se presenten a la SMV deberán estar elaborados únicamente en base a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) vigentes internacionalmente que emita la International Accounting Standards Board (IASB).

Objetivo
El objetivo de la Norma consiste en establecer las bases para la presentación de los estados financieros con propósitos de información general, a fin de asegurar que los mismos sean comparables, tanto con los estados financieros de la misma entidad correspondientes a periodos anteriores, como con los de otras entidades diferentes. Para alcanzar dicho objetivo, esta Norma establece, en primer lugar, requisitos generales para la presentación de los estados financieros y, a continuación, ofrece directrices para determinar su estructura, a la vez que fija los requisitos mínimos sobre su contenido. Tanto el reconocimiento, como la medición y la información a revelar sobre determinadas transacciones y otros sucesos, se abordan en otras Normas e Interpretaciones.


CLASIFICACIÓN

Finalidad de los estados financieros
Los estados financieros constituyen una representación estructurada de la situación financiera y del desempeño financiero de una entidad. El objetivo de los estados financieros con propósitos de información general es suministrar información acerca de la situación financiera, del desempeño financiero y de los flujos de efectivo de la entidad, que sea útil a una amplia variedad de usuarios a la hora de tomar sus decisiones económicas. Los estados financieros también muestran los resultados de la gestión realizada por los administradores con los recursos que se les han confiado.
 
Componentes de los estados financieros
Un conjunto completo de estados financieros incluirá los siguientes componentes:
(a) balance;
(b) estado de resultados;
(c) un estado de cambios en el patrimonio neto;
(d) estado de flujo de efectivo; y
(e) notas, en las que se incluirá un resumen de las políticas contables más significativas y otras notas explicativas.

ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA
La presente disposición tiene por objetivo establecer las características generales, así como la estructura que debe tener el Estado de Situación Financiera de los AI, el cual deberá apegarse a lo previsto en este criterio. Asimismo, se establecen lineamientos mínimos con el propósito de homologar la presentación de este estado financiero entre los AI y, de esta forma, facilitar la comparabilidad del mismo.
El Estado de Situación Financiera, por lo tanto, deberá mostrar de manera adecuada y sobre bases consistentes, la posición de los AI en cuanto a sus activos, pasivos y patrimonio neto, así como las cuentas de orden, de tal forma que se puedan evaluar los recursos económicos con que cuentan dichas entidades, así como su estructura financiera.El Estado de Situación Financiera tiene por objetivo presentar el valor de los bienes y derechos, de las obligaciones reales, directas o contingentes, así como del patrimonio de una entidad a una fecha determinada.

ESTADO DEL RESULTADO INTEGRAL DEL PERÍODO
La presente disposición tiene por objetivo establecer las características generales y la estructura que debe tener el Estado del Resultado Integral del Período. Los AI deberán aplicar la estructura y lineamientos previstos en este criterio. Asimismo, se establecen lineamientos mínimos con el propósito de homologar la presentación de este estado financiero entre los AI, y de esta forma, facilitar la comparabilidad del mismo.
Por consiguiente, el Estado del Resultado Integral del Período mostrará el incremento o decremento en el patrimonio de los AI, atribuible a las operaciones efectuadas por éstas, durante un periodo establecido.

 
ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO
La presente disposición tiene por objetivo establecer las características generales, así como la estructura que debe tener el estado de cambios en el patrimonio neto de los AI, el cual deberá considerar lo previsto en este criterio. Asimismo, se establecen lineamientos mínimos con el propósito de homologar la presentación de este estado financiero entre los AI y de esta forma, facilitar la comparabilidad del mismo.

Es aquel perteneciente a los dueños de la empresa, o como el valor resultante de la diferencia entre los bienes y derechos de la empresa y las deudas o compromisos que posee a una fecha dada, o como la diferencia entre la totalidad de los rubros activos y de los rubros pasivos.
ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO
La presente disposición tiene por objetivo establecer las características generales, así como la estructura que debe tener el estado de flujos de efectivo de los AI, el cual deberá apegarse a lo previsto en este criterio. Asimismo, se establecen lineamientos mínimos, con el propósito de homologar la presentación de este estado financiero entre los AI y, de esta forma, facilitar la comparabilidad del mismo.



El estado de flujo de efectivo, cuando se usa juntamente con el resto de los estados financieros, suministra información que permite a los usuarios evaluar los cambios en los activos netos de la entidad, su estructura financiera (incluyendo su liquidez y solvencia) y su capacidad para modificar tanto los importes como las fechas de cobros y pagos, a fin de adaptarse a la evolución de las circunstancias y a las oportunidades que se puedan presentar. La información acerca del flujo de efectivo es útil para evaluar la capacidad que la entidad tiene para generar efectivo y equivalentes al efectivo, permitiéndoles desarrollar modelos para evaluar y comparar el valor presente de los flujos netos de efectivo de diferentes entidades.  


El objetivo expresado en la norma de la NIC Nro 07 es exigir a las entidades que suministren información acerca de los movimientos retrospectivos en el efectivo y los equivalentes al efectivo que posee, mediante la presentación de un estado de flujo de efectivo, clasificados según que procedan de actividades de operación, de inversión y de financiación.

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